Los empleadores tienen el deber de garantizar la seguridad y la salud de sus trabajadores y de otras personas en el lugar de trabajo. Esto incluye proporcionar y mantener un entorno de trabajo sin riesgos para la salud y la seguridad, así como instalaciones adecuadas para que los trabajadores lleven a cabo su trabajo, en la medida en que sea razonablemente posible.

La COVID-19 es una enfermedad infecciosa causada por el Sars CoV2, descubierto muy recientemente. ¿Qué deben hacer los empleadores para proteger la seguridad y la salud de sus trabajadores y el lugar de trabajo ante la pandemia de la COVID-19? En este capítulo se exponen una serie de preguntas y respuestas con objeto de ayudar a los empleadores a comprender, gestionar y mitigar los riesgos de esta enfermedad y proteger a sus trabajadores y el lugar de trabajo.

Recuadro 1

Acuerdo Gubernativo 79-2020

Articulo 2. Observancia.

Los empleadores deben cumplir con un mínimo de garantías en salud y seguridad ocupacional de observancia general en toda la República y sus normas tienen carácter de orden público, susceptibles de ser superadas por voluntad del empleador o mediante la negociación colectiva con las organizaciones de trabajadores.

Recursos útiles:

> Acuerdo Gubernativo 79-2020 Normas Complementarias al Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, para la Prevención y Control de Brotes De Sars Cov-2 en los Centros de Trabajo

> Lista de verificación ¿Cuáles son mis obligaciones como empleador?

>  Lista de verificación ¿Cuáles son mis prohibiciones como empleador?