Un derecho fundamental de los trabajadores es la limitación de las horas que trabajan. La jornada laboral es la calidad de horas que el trabajador labora al dÃa, por semana o al mes, bajo la dirección de un empleador, a cambio de un salario. La ley define los lÃmites máximos de la jornada como el derecho que tienen los trabajadores a que se les garantice descansos. Estos lÃmites son diarios y dependen de si la jornada se realiza durante el dÃa, por la noche o tanto en horas del dÃa como de la noche (jornada mixta).
Las horas adicionales a la jornada ordinaria y las condiciones bajo las cuales se pueden desempeñar. Las horas extras permiten que la empresa cumpla con producciones que superan el flujo de trabajo normal que está fuera de su control como desastres naturales, un pedido urgente, etcétera. La legislación nacional establece limitaciones especÃficas al tiempo extra que puede laborar un trabajador.
No se debe pedir a las mujeres embarazadas, a las madres lactantes ni a menores de edad que trabajen horas extraordinarias, y ello no deberÃa suponer ningún perjuicio para la evolución de su carrera dentro de la  empresa.
Todos los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal (salvo excepciones autorizadas) de al menos 24 horas consecutivas durante los dÃas ya establecidos por las partes, y un periodo por año de vacaciones pagadas (a partir del primer año de labores).
Es el cese temporal de los principales efectos del contrato de trabajo, sin que por ello deba entenderse disuelto el vÃnculo laboral. Esta suspensión puede darse en casos excepcionales a raÃz de desastres naturales, crisis nacionales, entre otros, permitiendo flexibilidad a la empresa para responder ante dichos imprevistos.
“La empresa respeta los lÃmites de las jornadas de acuerdo a lo que establece la ley”
Referencias claves: